Año 9 – Número 360

por Guillermo Anzorena

En esta edición:

  • Se conoció el dato de la inflación mayorista
  • La situación de los empleados y jubilados ante el panorama actual
  • Impuesto a las ganancias y una reforma acelerada
  • “Simple” y el panorama de las Pymes
  • Mercado de trabajo en San Luis
  • Mercados

Se conoció el dato de la inflación mayorista

Esta semana se conoció el dato de la otra inflación, la MAYORISTA, que arrojó un “18,7%” en concordancia con lo arrojado de datos de inflación del mes de agosto 2023 a nivel país de un 12,4%, la más alta de los últimos 32 años. Esto quiere decir que el valor promedio de los productos comercializados en el mercado mayorista tuvo una suba de un “6,4%” más que la inflación minorista; la incidencia está dada por la suba del 17,6% de los “Productos Nacionales” y del 30,2% de los “Productos Importados” respecto al mes anterior.

Esto marca cierto camino para los próximos meses porque suele actuar como anticipo de lo que sucederá con los precios minoristas, más aún, pensando en las posibilidades de maniobra que dan las restricciones al acceso de dólares y al comercio exterior, afectando la reposición de inventarios porque generan incertidumbre acerca del valor al que se repone.

Tampoco parece descabellado pensarlo ya que el viceministro de Economía, Gabriel Rubinstein, admitió que el impacto de la devaluación post PASO también incidirá en el indicador de este mes y que esperan una baja hacia fin de año. Por eso otra medida tomada por el Gobierno fue la de congelar las tarifas de la energía eléctrica, el gas y el agua, hasta después de las elecciones del 22 de octubre, al igual que el valor de los combustibles luego de haber subido más del 12 % en agosto. Si bien el traslado de los precios mayoristas a los minoristas no es lineal, lo cierto es que es una presión en los sectores no regulados.

Por otra parte, el nivel general del Índice de precios internos básicos al por mayor (IPIB) mostró un ascenso de 19,0% en el mismo período. En este caso, la variación se explica por la suba de 17,9% en los “Productos nacionales” y de 30,3% en los “Productos importados”. Asimismo, el nivel general del Índice de precios básicos del productor (IPP) registró un incremento de 17,9% en el mismo período, como consecuencia de la suba de 17,7% en los “Productos primarios” y de 18,0% en los “Productos manufacturados y energía eléctrica”.

La situación de los empleados y jubilados ante el panorama actual

Siguiendo con el contexto de devaluación Post-PASO que acelera e impacta en los precios nos encontramos ante una dinámica poco convencional, pero como medida interna de las empresas. Todo afecta al consumo de los jubilados y trabajadores, y más aún por los próximos meses que son importantes en cuanto a la variable macro se trata, ya que son meses de planificación y cierre de año.

Algunas empresas y principales entidades del país como el Banco Galicia, Toyota, Kimberly-Clark y una importante empresa de Medicina Prepaga son las primeras en tomar iniciativas de incentivos, préstamos, bonos de fin de año y de hasta adelantar aguinaldos como compensación del panorama que se vive. Otras por su parte no descartan pagos quincenales de sueldos para anticipar consumo. Todo esto a raíz de la incertidumbre por paritarias que tardan en llegar y que no aseguran aumentos retroactivos.

Mas allá de las iniciativas que existen por parte de las empresas y que serán frecuentes con el correr de los meses, a continuación, se exponen medidas tomadas por el gobierno nacional para aminorar de corto plazo la crisis actual y reforzar el consumo:

Trabajadores de la economía formal

El lunes pasado se lanzaron en el marco del Programa de Fortalecimiento de Ingresos para las familias argentinas DECRETO N° 463/2023 préstamos de hasta $ 400.000 con el objetivo de fortalecer el consumo y que no sean financiados por tarjetas de crédito. Estos están destinados a las personas aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) cuyos ingresos no superen el piso vigente del Impuesto a las Ganancias (que se fijó por decreto en 15 salarios mínimos vitales y móviles). A raíz de esto la titular de la ANSES, Fernanda Raverta, explicito los detalles y formalidades para el acceso a través del portal de la entidad << https://www.anses.gob.ar/nuevo-credito-para-trabajadores-en-relacion-de-dependencia >>.

¿Cuál es la letra chica del préstamo? Por medio de la Comunicación “A” el Banco Central dispone nuevas restricciones o cepos de acceso al mercado libre de cambios a ciertas personas: Jubilados beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino y Trabajadores aportantes al SIPA que reciban el financiamiento previsto en el Decreto 463/23. Las restricciones que existirán hasta el momento en que se cancele el préstamo se encuentran la compra de dólar Solidario y MEP, compra de Cedears o compra-venta de Bitcoins y otras criptomonedas estables (USDT, DAI), entre otros. Tampoco se podrá utilizar lo acreditado para conformar un Plazo Fijo.

Jubilados y Pensionados

ANSES facilita el acceso a Créditos de hasta $400.000 para jubilados. Para acceder a este crédito, los jubilados deben seguir un proceso que comienza por asegurarse de que sus documentos y datos personales y de contacto estén actualizados en Mi ANSES, el portal en línea de la Administración. Es importante destacar que el trámite para solicitar el crédito es presencial y requiere agendar un turno. Los detalles del mismo se pueden encontrar en el siguiente link https://www.anses.gob.ar/jubilaciones-y-pensiones/creditos-anses-para-titulares-de-jubilaciones-y-pensiones/creditos-anses-para-jubilados-y-pensionados

A su vez se anunció un refuerzo de $45.000 durante los próximos tres meses a través de la Universalización del Programa Alimentario, y busca compensar la disparada de la inflación tras la devaluación peso; se abonará en 3 partes de $15.000 desde el próximo 8 de octubre y para aquellos que tienen un ingreso equivalente a “1 haber y medio” mensual. Este bono es nuevo y se suma a los actuales ya acordados.

Impuesto a las ganancias y una reforma acelerada

El pasado martes se aprobó en Diputados la reforma del impuesto presentada por el ministro de Economía Sergio Massa y que será tratada en la Cámara de Senadores la próxima semana, que de antemano ya cuenta con un amplio apoyo de los distintos sectores. Es una reforma que está siendo tratada en tiempo récord y que al parecer busca crear un consenso antes del debate presidencial que tendrá lugar los días 1 y 8 de octubre. Toda estrategia electoral a contrarreloj, pero con incidencia en las urnas ya que representan actos de campaña y que seguramente marcará el camino de cara a las votaciones.

A grandes rasgos lo que se busca es eliminar el cálculo de la cuarta categoría de la Ley de Impuesto a las ganancias relacionado con los ingresos en relación de dependencia, de jubilados, profesiones liberales, entre otras, a través de la tabla actual del artículo 94 de la mencionada ley. En lugar de esto se agregaría al mecanismo del cálculo del “Impuesto Cedular de Ganancias”, que es un valor fijo y que tributará vía escalas progresivas particulares actualizables 2 veces al año. Esa escala podría aplicarse a partir de los 180 SMVM anuales y encuadrarse en un pago fijo que va desde el 27% y hasta el 35% del excedente propiamente dicho. 

Esto aplicará en aquellas personas con ingresos mensuales que sean superiores a 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), o el equivalente de 180 SMVM de manera anual. Se trata entonces de una nueva reforma del impuesto que tendría lugar a partir del 2024 y que convierte al Impuesto a las Ganancias en un “Impuesto a los Mayores Ingresos”. No admitiría ninguna deducción ya que al no pertenecer más a la 4ta categoría del impuesto queda fuera del universo de los Gastos Computables y Deducibles, tan así que indirectamente modificaría el actual formulario que utilizan los trabajadores para informar sus deducciones (formulario 572 Web – SIRADIG).

La relación con el Dto. 473/2023 de piso de Ganancias

Mas allá de lo que pueda suceder con su aprobación, actualmente se encuentra vigente el decreto que oficializa que a partir del 1ro de octubre se incrementara a $ 1.770.000 el piso mínimo para tributar el impuesto ($700.875 era el valor desde agosto 2023). Esto actualiza la tabla del Art. 94 del impuesto hasta el 31 de diciembre del 2023, momento en el cual quedaría vigente el proyecto de Ley que será tratado en Senadores.

El mencionado importe es provisorio, ya que posiblemente se actualice en reiteradas veces antes del terminar el año por la escalada inflacionaria y estar atado al Salario Mínimo. Lo más notable de esta modificación es que tiene efecto retroactivo ya que los empleadores deberán revisar lo retenido durante el año y reajustar los valores, que tendrían como resultado una devolución del impuesto retenido.

Las pérdidas futuras de la coparticipación

Al no ingresar impuesto a las ganancias de 4ta categoría y liberar del pago a la mayoría de los trabajadores que hoy en día están alcanzados, las provincias sufrirán un impacto negativo en sus economías producto de la aplicación de esta medida que dejará pérdidas millonarias en la coparticipación. Es por ello que algunos diputados plantearon coparticipar el 30% del “impuesto al cheque” que recauda Afip y que tiene destino las cuentas de la ANSES.

Las provincias al final de cuentas son las que terminan sufriendo indirectamente al dejar de tener como recurso el Impuesto a las Ganancias coparticipable. El mecanismo que justificaría esto es que al restringir la carga impositiva del tributo a la renta y beneficiar el consumo determinaría mucha más base imponible para el IVA, impuesto que es coparticipable y mucho más inmediato que Ganancias.

“Simple” y el panorama de las Pymes

Una MiPyME es una micro, pequeña o mediana empresa que realiza, en el país, sus actividades en alguno de estos sectores: servicios, comercial, industrial, agropecuario, construcción o minero; que desarrolle, con ánimo de lucro, el ejercicio habitual de una actividad económica basada en la producción, extracción o cambio de bienes o en la prestación de servicios, que utiliza como elemento fundamental para el cumplimiento de dicho fin la inversión del capital y/o el aporte de mano de obra, asumiendo en la obtención del beneficio el riesgo propio de la actividad que desarrolla. Estas bases conceptuales están asentadas en el programa Industria y Desarrollo Productivo.

Esa empresa que realiza actividades puede ser tanto una persona humana inscripta como Monotributistas en el Régimen Simplificado o Autónomo dentro del Régimen General; o también lo es una Persona Jurídica. Lo importante es que integran un universo de 1.700.000 entidades registradas bajo este esquema que gozan de ciertos beneficios impositivos, financieros y sociales muy trascendentales para la gestión de hoy en día.

El problema que surge con la inflación y la crisis actual es la notable disociación para estas categorías: El Monotributo para con el Autónomo, y estos a su vez para con el empleado en relación de dependencia. Es que para quien deja de estar en el régimen simplificado y pasa al régimen general es muy notoria la carga tributaria por Ganancias y la cuota de autónomos; sin contar el IVA ya que lo abona el consumidor final y que solo tiene un impacto financiero.

A su vez, un autónomo que tiene los mismos ingresos que un empleado en relación de dependencia que es beneficiado con el decreto mencionado en la sección anterior tributa ganancias por ejemplo por 3ra categoría, exponiéndose muchísimo más al tributo. A una persona al día de hoy le conviene ser más empleado de su propia empresa.

Es por ello que entre tantos proyectos que se enviarán al Congreso, se anunció “SIMPLE”, una especie de puente entre los monotributistas que pasan al Régimen General y los autónomos que equiparan sus ingresos con empleados en relación de dependencia. La intención es que para aquellos Autónomos que tienen ingresos inferiores a 15 SMVM mensuales puedan optar por un esquema de un único pago en función de la facturación y que abarque IVA, Ganancias y la Seguridad Social.

Alivio fiscal sin necesidad de Ley

Otra cuestión que si tendrá muchísimo impacto de corto plazo para las pymes es el comunicado desde el Ministerio de Economía para con la AFIP respecto a medidas de alivio. Se plantean:

  • Plan de facilidad de pago para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 31 de agosto de 2023 inclusive, con las condiciones que se establezcan para las pymes.
  • Disponer la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para los contribuyentes mencionados en el inciso anterior, hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive.
  • Prorrogar el vencimiento de las obligaciones de pago del aporte personal de los trabajadores autónomos, correspondiente a los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023. A su vez se amplía para el IVA. La fecha de diferimiento de Pago para estas no podrá ser menor al 1 de marzo del 2024.
  • Modificar el régimen de retención del impuesto a las ganancias, establecido por la Resolución General N° 830, cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales (escala progresiva).
  • Suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento para aplicar la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
  • Establecer un nuevo régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pago de los impuestos, cuyos vencimientos operen durante el mes de enero de 2024, debiendo instrumentar el ingreso de un pago a cuenta por cada obligación.

Mercado de trabajo en San Luis

El pasado miércoles el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) publicó indicadores sobre el Mercado de trabajo a nivel país, que es el estudio determinado por un universo de personas integrantes de la encuesta permanente de hogares. La tasa de desempleo se ubicó en el 6,2%. A su vez un 52,4% pertenecen a la población inactiva, es decir aquellos que no tienen trabajo ni lo buscan activamente; y un 47,6% a la población Económicamente Activa (PEA) que son quienes tienen trabajo o que activamente lo buscan o están disponibles para hacerlo.

Para el caso de San Luis la medición del informe abarca el “Gran San Luís” (Ciudad, Juana Koslay y la Ciudad de la Punta) y arrojó una tasa de desempleo que se ubicó en un 2,3% siendo una de las más bajas a nivel país. Otros datos más recurrentes para la provincia es que existe un universo de personas que tienen trabajo, pero están buscando un segundo empleo (sea como complemento o para renovar el actual) que representa el 11,1%. A su vez, aquellas personas que trabajan de manera parcial o con una subocupación y requieren otro trabajo representan un 5,4%.

Por otra parte, durante la semana se dio a conocer el informe de Salarios correspondiente a la Industria de la Construcción para el Segundo Trimestre del 2023 que elabora la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos con datos de San Luis.

Las estadísticas de evolución de empresas, salarios y puestos de trabajo del sector de la construcción tuvieron avances relativos a:

  • Puestos de trabajo registrados: crecimiento desde el inicio del año en un 3,2% (4452 puestos al cierre del informe).
  • Salario promedio mensual: crecimiento desde el inicio del año en un 85,35% ($ 286.428,90 al cierre del informe)

Mercados

El Índice S&P Merval tuvo una caída marcada esta semana del 2.49% cerrando hasta las 553.392 unidades. Las acciones que más subieron fueron YPF S.A (YPFD) en 2.39%; TELECOM ARGENTINA SA (TECO2) en 2.26%; LOMA NEGRA CIA INDUSTRIAL ARGENTINA SA (LOMA) en 1.31%. Por su parte las que más cayeron fueron SOCIEDAD COMERCIAL DEL PLATA SA (COME) en 8.76%; TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE (TGNO4) en 8.34% y GRUPO SUPERVIELLE SA (SUPV) en 7.88%.

El dólar oficial cerró esta semana con un valor de $347,50 para la compra y $365,50 para la venta. El euro cerró para la compra por un valor de $376,00 y para la venta en $394,00.

El dólar Blue alcanzó en la jornada del viernes los $740 para la compra y $745 para la venta, así la cotización formal mantiene una brecha de alrededor del 103 % en comparación con el promedio minorista.

El riesgo país cerró esta semana con un aumento de 202 puntos básicos respecto a la semana anterior, ubicándose en los 2.371,00 puntos básicos, un incremento del 9,31 %.

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