Informe especial de Finanzas San Luis

Por Marcos Lucero (*)

Importantes beneficios pueden obtener las pequeñas empresas, comerciantes y profesionales mediante la obtención del Certificado Mipyme. Este certificado acredita la condición de pyme ante el Ministerio de Desarrollo Productivo, la AFIP y otras instituciones.

La obtención de este certificado permite acceder a importantes beneficios, entre ellos están incluidos:

  • Poder acceder a la próxima moratoria establecida por la AFIP para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de la Seguridad Social. Esta moratoria incluirá entre otros beneficios la condonación de intereses por las deudas que se tengan para con el organismo, multas y otras sanciones. La semana que viene tendremos un informe especial sobre esta moratoria a cargo de la CPN Luciana Masini.
  • Aplicar alícuotas reducidas en las contribuciones patronales.
  • No pagar la tasa adicional del impuesto “al cheque” (Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras operatorias).
  • Exención del Régimen de Retención de IVA y Ganancias para pagos electrónicos.
  • Eximición de las contribuciones patronales relacionadas al incremento solidario establecido por el decreto 14/2020 (el relacionado con el incremento de $4000 comentado en ediciones anteriores de Finanzas San Luis). Esta eximición se mantiene por 3 meses o hasta que el incremento de los $4000 sea absorbido por nuevos incrementos fruto de las negociaciones paritarias.
  • Pago diferido del IVA a los 90 días.
  • Desgravación de los derechos de exportación para las pymes que exporten por valores anuales inferiores a los 600 mil dólares.
  • Poder obtener el certificado de no retención de IVA cuando la pyme tenga saldo a favor de IVA por dos períodos consecutivos.
  • Poder compensar el impuesto al cheque en el pago del impuesto a las ganancias.
  • Financiamiento más económico a través de la factura de crédito electrónica.
  • Aceleración a un plazo máximo de 10 días hábiles para la acreditación de las ventas realizadas con tarjetas de crédito o débito.

Según lo informado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación ya hay más de 600.000 emprendimientos que cuentan con el certificado, y en enero de este año se otorgaron 43.000 nuevos certificados.

¿Quiénes pueden acceder?

Para ser categorizado como mipyme se deben cumplir tres requisitos fundamentales. Estos requisitos tienen sus topes máximos de acuerdo a cada categoría con la que se definen a la pequeñas y medianas empresas: micro, pequeña, mediana tramo 1 y mediana tramo 2. Además dentro de cada rubro sólo ciertas actividades están comprendidas.

El primer requisito está relacionado a la facturación anual. Dentro de cada categoría y de acuerdo a la rama de actividad de la empresa o profesional, los valores máximos de facturación anual en pesos son:

Fuente: AFIP

El segundo requisito es en relación a la actividad que desarrolla la empresa. Las mismas pueden ser:

 Fuente: AFIP
Nota: los códigos se refieren a los del Nomenclador de Actividades Económicas de AFIP

Quedan excluidas las siguientes actividades:

  • Servicios de hogares privados que contratan servicio doméstico
  • Servicios de organizaciones y órganos extraterritoriales
  • Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria
  • Servicios relacionados con juegos de azar y apuestas

Además, las empresas que desarrollen actividades de “Intermediación financiera y servicio de seguros” o “Servicios inmobiliarios” sus activos no deben superar los $ 193.000.000.

El tercer requisito está relacionado con la cantidad máxima de personal ocupado para cada categoría:

Fuente: AFIP

¿Cómo se puede obtener?

Para poder registrarse hay que hacerlo vía on-line desde la página de la AFIP, contando con clave fiscal nivel 2 o superior, estar inscripto en Monotributo o en el Régimen General y estar adherido a Trámites a Distancia (TAD).

Las empresas deben tener presentadas las declaraciones juradas de IVA y Cargas Sociales de los últimos tres ejercicios.

Luego hay que realizar los siguientes pasos:

  • Entrar al sitio de la AFIP con el CUIT y la clave fiscal
  • Ir a “Administrador de relaciones con clave fiscal”
  • Hacer click en “Habilitar servicio”
  • En “Servicios Interactivos” seleccionar “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios”
  • Confirmar
  • Cerrar la cesión y volver a ingresar con clave fiscal
  • Ingresar en “PYMES”, hacer click en “Nuevo” y verificar la información
  • Completar el formulario 1272
  • Luego continuar con los siguientes pasos según sea Monotributista, Responsable Inscrito o IVA Exento.
  • La extensión del certificado tiene una demora. Se recibirá una notificación en el domicilio fiscal electrónico y se recibirá el certificado en la bandeja de entrada de Trámites a Distancia (TAD)

Son todavía pocos los profesionales, emprendedores y empresas que conocen y están aprovechando estos beneficios. Informate y recordá ante cualquier duda consultar con tu profesional de confianza. Podés acceder a un listado de los profesionales matriculados en la página del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Luis, o en el siguiente link.

(*) Es docente de Administración Financiera para las carreras de Contador Púbico Nacional, Lic. en Administración y Técnico Universitario en Administración Financiera en la Universidad Nacional de San Luis y en la Universidad Católica de Cuyo, sede San Luis. Coordinador del equipo de trabajo Finanzas San Luis. Contador Público Nacional por la Universidad Nacional de San Luis.

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